Basadre, el blasfemo
Porque un historiador, alto funcionario y educador también puede criticar al clero.
"Pese a los ingresos pingües, las contribuciones de los fieles, las rentas de los bienes, los legados, las colectas, el apoyo del Estado, la iglesia no mantenía hospitales, no extendía la caridad, no instruía a los indios, en gran escala."
Para el historiador cusqueño José Tamayo Herrera "Leer a Mariátegui o a Basadre como respuestas actuales es obsoleto", no puedo estar de acuerdo con Tamayo, hoy, Basadre, está más vigente que nunca.
La crítica a lo sacro que Jorge Basadre realizó a lo largo de su obra nos recuerda que no existe nada prohibido de criticar, y que toda prohibición al pensamiento no es más que un mecanismo de defensa con el que algunas instituciones se cubren para sobrevivir. No por puro gusto resaltó que algunas cosas que hoy estimamos tan elementales como si siempre hubiesen existido, me refiero a la tolerancia de cultos, los registros civiles, el matrimonio civil, la abolición del diezmo y la primicia presentes como instituciones cuasi tributarias y el uso igualitario de los cementerios se lograron recién en los albores del siglo veinte.
Basadre vivió en una época en la que el Perú, constitucionalmente, profesaba la religión católica, una época en la que Augusto B. Leguía (nótese que por entonces el presidente era oficialmente reconocido como el “patrono de la iglesia en el Perú) intentó “consagrar” el país al sagrado corazón, lo que terminó en protestas, represión y un muerto.
Durante el periodo anterior a la vigencia de la constitución de 1933, de cuyo anteproyecto fuese partícipe Basadre, se tuvieron instauradas ciertas instituciones que marcaron el pensamiento anticlerical del historiador y que son expuestas tanto en “Perú, problema y posibilidad y otros ensayos”, específicamente en el ensayo “El Clero” y en “Historia de la República del Perú”:
1. No fue sino hasta 1856, ya bien entrada la República, que se abolieron los diezmos y primicias como “tributos” legales y ejecutables hacia la iglesia.
2. Recién en 1868 se logró la liberación de los cementerios y su uso para los no católicos
3. En 1873 se instauraron los registros civiles por primera vez, paralelos a los parroquiales.
4. Sólo 6 años antes del nacimiento de Basadre se creó la institución del matrimonio civil como alternativa para quienes no profesaran la religión oficial.
5. Finalmente, la tolerancia de cultos no fue posible hasta 1915, aunque no estuvo revestida de carácter constitucional.
Estos sucesos iniciaron el proceso de secularización del Estado, proceso que aún no concluye, la constitución de 1920 en su artículo 5º establecía que “La nación profesa la religión Católica y la protege”, no hacía ninguna declaración en cuanto al derecho a la libertad religiosa de las personas.
En ese contexto, Jorge Basadre fue uno de los autores del anteproyecto de la constitución del 33’, anteproyecto que fue manoseado y modificado por el gobierno antes de su promulgación, pero del cual se logró rescatar, por primera vez con alcance constitucional, el derecho que las demás religiones tienen para el libre ejercicio de sus cultos en su artículo 232.
Sin embargo, y aunque según la constitución del 33’ el Estado no profesaba ninguna religión (pero todavía protegía a la Católica) el 12 de diciembre de 1954, en plena vigencia de la constitución que por primera vez declaraba un estado laico con ciertas restricciones, Manuel A. Odría cumplió con la voluntad de Leguía: consagró el país al Sagrado Corazón de Jesús. ¡Ja!
Jorge Basadre Grohmann murió el 29 de junio de 1980; más o menos un mes después, Morales Bermúdez (a tan sólo tres días de dejar la presidencia), fiel a su estilo idiota le rindió "honores" al historiador al establecer el escalafón remunerativo del clero peruano, reconfirmado en 1991 con el decreto 145-91-EF; sí, con nuestros impuestos, católicos y no católicos le pagamos el sueldo al clero, peor aún, según el decreto estas asignaciones tienen carácter “no remunerativo” y por lo tanto están inafectas de impuestos.
De esta manera se establece que: los cardenales y arzobispos primados reciben el 100% del sueldo de un ministro de estado (15600 soles); los arzobispos, obispos y demás cargos similares el 80% del sueldo de un viceministro, y así sigue la escala, incluyendo a todos los cargos eclesiásticos.
El clero organizado se ha pronunciado al respecto diciendo que jamás se ejecutó dicho decreto, sin embargo es innegable la existencia de la planilla del Ministerio de Justicia que asigna más de dos millones de soles a la iglesia católica.
En "El Clero", Basadre resaltó el hecho que "Pese a los ingresos pingües, las contribuciones de los fieles, las rentas de los bienes, los legados, las colectas, el apoyo del Estado, la iglesia no mantenía hospitales, no extendía la caridad, no instruía a los indios, en gran escala."
Estamos advertidos por un tipo lo bastante ilustrado como para ser tomado bien en cuenta sobre los peligros del ultramontanismo, no vayamos nosotros a terminar declarando la infalibilidad del Papa.